
Punto y seguido. El magistrado Leopoldo Puente, instructor en el Supremo del ‘caso Ábalos-Koldo-Cerdán’, ha decidido cerrar la primera pieza de esta ya … macro instrucción y ha dictado este lunes auto de procedimiento abreviado contra el exministro de Transportes José Luis Ábalos, el exasesor del anterior Koldo García Izaguirre, y el empresario Víctor de Aldama.
Con este trámite, equivalente al procesamiento, el juez propone sentar en el banquillo a los tres supuestos cabecillas de la trama corrupta por, entre otros motivos, la adjudicación amañada a la empresa de De Aldama de contratos millonarios de compra de mascarillas durante la pandemia por parte de diferentes administraciones controladas por el PSOE.
Puente, en este primer juicio al que fuera mano derecha de Pedro Sánchez en el partido, acusa al exministro, su exayudante y al conseguidor de los delitos de cohecho, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.
La conclusión de esta pieza, que fue el origen del entonces llamado ‘caso Koldo’ en la Audiencia Nacional allá por febrero de 2024, no supone, ni mucho menos, el fin de la instrucción sobre la trama corrupta en la que participaban Ábalos, García y De Aldama y que, supuestamente, dirigía el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, actualmente en prisión. Al margen de otros muchas posibles irregularidades, el propio Puente investiga todavía el supuesto cobro de comisiones a cambio del amaño de obra pública por parte de los exdirigentes socialistas, mientras que en el tribunal de la calle Génova, el juez Ismael Moreno mantiene abierta otra causa con los ‘no aforados’ sobre diferentes amaños y pendientes de decidir si indaga también sobre los pagos opacos del PSOE a los imputados.
En su resolución el magistrado insiste en que el todavía diputado, Koldo y De Aldama se convirtieron ellos mismos en una «organización criminal» ya que «se concertaron» casi desde el primer momento («muy poco después de tomar posesión» Ábalos como ministro de Sánchez) para «beneficiarse económicamente de la adjudicación de contratos que pudieran realizarse en el ámbito de la Administración Pública, así como para aprovechar en su beneficio económico cuantas oportunidades se les pudieran presentar de hacerlo valiéndose de dicha valiosa influencia».
Abunda Puente en la tesis de que desde el principio la idea de los tres imputados fuer aprovechar la «natural influencia que proyectaba» el puesto de Ábalos para enriquecerse de manera ilícita.
Con esta base se repartieron los «papeles»: Ábalos, la «influencia»; De Aldama, «el encargado de localizar empresas o particulares interesados en cualquier clase de gestión con la Administración»; y Koldo «realizar las gestiones ordinarias oportunas».
En su auto, el instructor da traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal y a la representación de las acusaciones populares para que, en el plazo común de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias.
Enlace de origen : El Supremo sienta en el banquillo a Ábalos, Koldo y Aldama por la trama de las mascarillas