El cuaderno digital de explotación será voluntario y tendrá carácter retroactivo

Miércoles, 22 de enero 2025, 10:04

Los productores riojanos tendrán la posibilidad de utilizar el cuaderno digital de explotación de manera voluntaria. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el real decreto que introduce cambios en la normativa sobre el sistema de información de las explotaciones agrarias para introducir el carácter voluntario.

Con esta modificación, los agricultores podrán elegir si prefieren digitalizar todos los procesos de gestión agraria (desde la compra de semillas o la aplicación de fertilizantes, entre otros) o emplear medios tradicionales. Es decir, todos aquellos que deban cumplimentar un cuaderno de explotación (conforme a la normativa de productos fitosanitarios, fertilizantes o intervenciones de la PAC) podrán elegir si prefieren hacerlo mediante el uso de medios electrónicos o en papel.

Esta iniciativa, aprobada el pasado martes por el Consejo de Ministros, forma parte de las 43 medidas comprometidas por el Ejecutivo central en abril del pasado año para responder a las preocupaciones que expresaron los agricultores y ganaderos en las movilizaciones de los primeros meses de 2024.

El Real Decreto 1054/2022, de 27 de septiembre que regula el Sistema de información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el cuaderno digital de explotación agrícola, que ahora se modifica, preveía que el empleo del cuaderno digital de explotación agrícola comenzara a ser obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2024, con una entrada en vigor escalonada, y dejaba exentas a determinadas explotaciones por su pequeño tamaño.

Sin embargo, y en aplicación el compromiso adquirido por el Gobierno, se ha modificado el mencionado real decreto para cambiar el enfoque en el uso del cuaderno digital de explotación, que pasa a ser voluntario de manera temporal y hasta el próximo periodo de programación del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC), a partir de 2027.

Esta modificación tiene implicación en otras normas conexas relativas al uso sostenible de productos fitosanitarios, y en concreto en el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre y el Real Decreto 9/2015, de 16 de enero.

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