
La Audiencia Provincial ha absuelto del delito de homicidio en grado de tentativa al hombre acusado de arrojar a su pareja desde el balcón … de su casa en la madrugada del día de Navidad de 2022 en Calahorra. En un primer momento, Fiscalía y acusación particular pedían más de diez años de cárcel para el acusado, defendido por José Javier García, que estuvo en prisión preventiva durante 17 meses.
La extensa y razonada sentencia explica que «no puede determinarse cómo ocurrió la caída» e incluso explica que «la tarea de juzgar resulta especialmente ardua y compleja cuando la única prueba directa existente consiste en la versión contradictoria de la víctima, del acusado y de la hija de la primera».
«El testimonio de la víctima no ha logrado suscitar en esta Sala la convicción necesaria para considerar acreditados los hechos», sostiene la sentencia páginas antes de reconocer que «el testimonio [de la mujer] es verosímil y coherente, sin embargo presenta algún déficit que impide atribuir pleno valor probatorio». ¿Cuáles son esos déficits que han decantado la balanza del lado de la absolución en este complejo juicio que se celebró en abril?
El tribunal asegura que el testimonio de la víctima «es verosímil» pero presenta «algún déficit»
En primer lugar, el «cambio de testimonio» de la víctima en puntos clave como si consumió drogas o si salió ella voluntariamente al balcón o fue él el que la invitó a salir. También basa la absolución del principal delito y del de maltrato habitual agravado (la Audiencia sí condena al acusado a una multa de 1.440 euros por vejaciones en el ámbito familiar) en la «ausencia de corroboración periférica».
En la caída de la mujer desde un segundo piso no hubo testigos directos ni cámaras que lo grabasen. Lo más cercano fue la declaración de la hija de esta que se encontraba en la casa y «escuchó pero no vio lo sucedido».
Y, además, la Sala evalúa otro factor: el consumo de alcohol y drogas (cocaína y anfetamina) por parte de la mujer antes de los hechos. «Un cuadro de intoxicación aguda por policonsumo», indica el fallo, debe reforzar «la necesidad de extremar las garantías en la aplicación del principio de presunción de inocencia».
La sentencia recoge los testimonios de familiares de la mujer, que referían malos tratos dentro de una «relación tóxica», pero «ninguno manifiesta haber presenciado acto alguno de violencia aunque sí discusiones».
Tampoco el testimonio de las médicos forenses pudo determinar «si la víctima fue lanzada o se precipitó voluntariamente», además de reconocer que «el estado en el que se encontraba puede comprometer la fiabilidad de sus recuerdos». De la misma forma, pequeños detalles como que la malla de protección del balcón no presentase «daños ni signos de alteración compatibles con un forcejeo» son tenidos en cuenta para la absolución.
Enlace de origen : Absuelto de tentativa de homicidio el acusado de lanzar a su pareja por un balcón