El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictado una sentencia condenatoria contra el Ayuntamiento de Calahorra en respuesta al recurso de alzada que el propio Consistorio había presentado contra la primera sentencia de mayo, que daba la razón a la portavoz del PSOE, Elisa Garrido, por el cambio de día de los plenos. Según explican los socialistas en una nota de prensa, «el máximo órgano judicial de La Rioja respalda la sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo que daba la razón a la portavoz del PSOE y rechaza el recurso de alzada presentado por el Ayuntamiento, condenándolo en costas con hasta 1.000 euros».
Ya en mayo de 2024 el Juzgado número 2 de lo Contencioso Administrativo de Logroño declaraba nulo el acuerdo de cambio de fecha de los plenos de su fecha original de los lunes a los martes, que como denuncia el PSOE, «impulsó el PP para impedir la asistencia de Elisa Garrido a los mismos por su condición de diputada nacional», y condenó al Ayuntamiento de Calahorra al pago de 600 euros en concepto de costas.
Por otro lado, el PSOE recuerda que el Juzgado dictó un auto el pasado 8 de octubre ordenando la ejecución provisional de la anterior sentencia, que había sido recurrida por el Ayuntamiento de Calahorra, señalando «la clara vulneración del derecho fundamental de participación política de Elisa Garrido, así como la nulidad del acuerdo de pleno del 29/01/2024 por el que se cambió la fecha de los plenos». En este auto se obligaba al Ayuntamiento de Calahorra a volver a celebrar los plenos los últimos lunes de cada mes, tal y como se acordó en el primer pleno extraordinario de la legislatura, celebrado el 23 de junio de 2023.
Por tanto, después de «tres autos judiciales, queda totalmente demostrado que en el pleno del pasado 29 de enero de 2024 se acordó de forma ilícita vulnerar los derechos fundamentales de la concejala y portavoz del PSOE, recogidos en el artículo 23 de la Constitución Española», sostienen los socialistas, que recuerdan que este «acuerdo declarado ilegal» contó con «los votos a favor de PP y VOX, la abstención de Izquierda Unida y el voto contrario del PSOE».
Así remarcan que queda demostrado y refrendado por la justicia que Elisa Garrido «como representante electo del Ayuntamiento de Calahorra y del Congreso de los Diputados, tiene no solo el derecho de acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, que en este caso son plenamente compatibles entre sí, sino el derecho a mantenerse en ellos en condiciones de igualdad, sin sufrir perturbaciones ilegítimas, y el derecho a desempeñar sus cargos representativos, de acuerdo con lo previsto en la ley», incide el PSOE, que avanza que solicitará que «los costos y sanciones impuestas por los juzgados en estas sentencias y recursos no sean costeados por las arcas públicas sino que los pague directamente de su bolsillo la señora Arceiz».
Enlace de origen : El TSRJ condena al Ayuntamiento de Calahorra por el cambio de día de los plenos